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Términos y condiciones y bases del Concurso Gana un Camión con El Repartidor
BORRADOR SUJETO A REVISIÓN JURÍDICA • NO HABILITADO PARA INICIAR VENTAS
Versión de trabajo de 7 de octubre de 2026. Versión definitiva y fecha de publicación: [POR DEFINIR].
Este documento regula una propuesta de venta de boletos nominativos para participar en un sorteo aleatorio de un camión. No constituye una autorización, una opinión de legalidad ni una certificación del mecanismo. Llamar a la operación «concurso» no cambia su naturaleza jurídica.
La venta de boletos para un sorteo puede requerir autorización o no estar permitida en Chile para este organizador o modalidad. Antes de anunciar la apertura, recibir pagos o emitir boletos, un abogado debe verificar la habilitación legal, las autorizaciones exigibles, la naturaleza del organizador y el alcance territorial y digital de la actividad. Si no existe una vía legal aplicable, esta modalidad no debe ejecutarse.
Todos los campos [POR DEFINIR] deben completarse, verificarse y publicarse antes de contratar. Las disposiciones siguientes son una propuesta contractual para revisión; no reemplazan las normas imperativas ni permiten renunciar a derechos de participantes o consumidores.
Ficha del concurso
Organizador y nombre comercial
Razón social o nombre completo: [POR DEFINIR]. Nombre comercial: El Repartidor.
Identificación y representación
RUT: [POR DEFINIR]. Representante y facultades: [POR DEFINIR]. Domicilio, comuna y región: [POR DEFINIR].
Canales oficiales
Web: [POR DEFINIR]. Soporte y reclamos: [POR DEFINIR]. Teléfono: [POR DEFINIR]. Redes y transmisión: [POR DEFINIR].
Habilitación previa
Informe jurídico y conclusión: [POR DEFINIR]. Autoridad y autorización, si corresponden: [POR DEFINIR]. Alcance, condiciones y vigencia: [POR DEFINIR].
Precio e inventario
Precio total por boleto en CLP: [POR DEFINIR]. Tratamiento tributario: [POR DEFINIR]. Cantidad máxima: [POR DEFINIR]. Límite por persona: [POR DEFINIR].
Calendario
Inicio y cierre de ventas: [POR DEFINIR]. Conciliación, publicación provisional y cierre definitivo del registro: [POR DEFINIR]. Sorteo: [POR DEFINIR].
Premio
Un camión. Patente, marca, modelo, versión y año: [POR DEFINIR]. VIN/chasis y motor: [POR DEFINIR].
Entrega y costos
Lugar y plazo de entrega: [POR DEFINIR]. Responsable y monto o estimación de cada costo de transferencia, impuestos y traslado: [POR DEFINIR].
Auditoría y privacidad
Auditor independiente: [POR DEFINIR]. Responsable de datos y contacto: [POR DEFINIR]. Plazos de conservación: [POR DEFINIR].
Las horas se expresan en la zona America/Santiago, con el cambio de horario que corresponda a cada fecha. Deben publicarse también el desplazamiento UTC y la hora exacta de los hitos críticos. No se presume una cantidad ilimitada de boletos.
Parte I Términos y condiciones comerciales
1 Objeto y alcance
El organizador identificado en la ficha será responsable de la oferta, venta, registro de participaciones, desarrollo del sorteo y entrega del premio. El desarrollador del sitio o proveedor de pagos no sustituye al organizador por el solo hecho de prestar un servicio técnico.
Cada boleto válido otorga una participación en el sorteo conforme a la Parte II. No se vende una fotografía ni otro producto accesorio para describir una operación distinta de la real. La compra no garantiza ganar ni genera rentabilidad, inversión o derecho sobre el camión antes de la adjudicación.
2 Información previa y aceptación
Antes del pago, el sitio mostrará la identidad y contacto del organizador, precio final, cantidad y números de boletos, restricciones, características del premio, fechas, costos a cargo del ganador y estas bases descargables. La publicidad debe coincidir con la versión contractual vigente.
La aceptación se realizará mediante una casilla desmarcada y una acción expresa. El sistema conservará versión, fecha y hora de aceptación. Las autorizaciones de publicidad e imagen serán independientes y opcionales. Navegar por el sitio no equivale a contratar ni a consentir usos publicitarios.
3 Registro e identidad
Podrán comprar quienes cumplan los requisitos de participación. Se solicitarán los datos estrictamente necesarios: nombre, identificación admitida, acreditación de mayoría de edad, correo y teléfono de contacto. Los datos adicionales y su necesidad: [POR DEFINIR]. No será obligatorio seguir redes sociales.
El participante debe aportar datos veraces y mantener canales de contacto actualizados. Los errores subsanables no causarán pérdida automática del boleto o del premio. El organizador facilitará rectificación y recuperación del comprobante con controles razonables de identidad. No se pedirán claves bancarias ni códigos de autenticación.
4 Precio y condiciones de pago
El precio total por boleto es CLP [POR DEFINIR]. Antes de pagar se informarán todos los impuestos y cargos aplicables, sin asumir que el IVA corresponde necesariamente a esta operación. La calificación tributaria y documentación fiscal serán revisadas por asesor competente.
Medios y proveedor de pagos autorizados: [POR DEFINIR]. Se informarán las condiciones de cuotas e intereses del emisor cuando correspondan. El organizador no aumentará el precio de boletos ya contratados ni añadirá cobros para activar una participación.
Los pagos pendientes no equivalen a boletos válidos. La hora límite y regla de conciliación de transacciones iniciadas antes del cierre: [POR DEFINIR]. Los pagos recibidos fuera de plazo o sin inventario se devolverán íntegramente. Un cargo duplicado no generará participaciones adicionales sin una compra expresa.
5 Formación del contrato y confirmación
Antes de confirmar, el comprador podrá corregir datos y cantidades. El contrato se confirma cuando el sistema verifica el pago y asigna los boletos disponibles, sin perjuicio de los derechos legales aplicables. Si existe pago confirmado y falla la emisión, el organizador reconciliará la operación y emitirá los boletos procedentes o devolverá el total si no puede cumplir.
La confirmación escrita se enviará a [POR DEFINIR] dentro de [POR DEFINIR], con número de pedido, cada identificador de boleto, cantidad, total, estado del pago, fecha y hora, versión de bases, datos de contacto y documento tributario que corresponda. Un pedido con varios boletos debe individualizarlos; el pedido no sustituye al número de participación.
El participante podrá consultar sus boletos en [POR DEFINIR]. La falta de correo o la pérdida del comprobante no eliminan una compra acreditada. No se limita el derecho a reclamar a 48 horas ni se condiciona exclusivamente a conservar un correo.
6 Naturaleza nominativa y uso del boleto
Cada boleto será único, nominativo y vinculado a un titular en el registro. No se admitirá reventa ni transferencia informal. Una eventual cesión autorizada exige un procedimiento previo, comprobable y publicado: [POR DEFINIR]; si no se habilita, la compra debe informarse como intransferible.
La compra por cuenta de un tercero requerirá consentimiento e identificación del titular antes de emitir el boleto. Un mandatario podrá actuar con facultades suficientes verificadas. El fallecimiento o incapacidad sobreviniente se atenderá conforme a las normas aplicables y la acreditación de representación o sucesión, sin confiscación automática.
7 Soporte y rectificaciones
Canal de soporte: [POR DEFINIR]. Horarios: [POR DEFINIR]. Plazo de acuse y respuesta: [POR DEFINIR]. Cada consulta tendrá un identificador, registro y respuesta fundada. La revisión de pagos se coordinará con el proveedor sin obligar al comprador a resolver por sí solo un fallo imputable a la operación.
La etapa de observaciones al padrón es un control operativo y no un plazo de caducidad de derechos. Un reclamo acreditado que afecte la igualdad del sorteo impedirá cerrar el registro hasta su resolución o exigirá aplicar la contingencia de la Parte II.
8 Retracto cancelaciones y reembolsos
No se establece una exclusión general del derecho de retracto. Antes de publicar, la asesoría jurídica determinará su aplicación a esta operación, plazos, información exigible y posibles restricciones legales. Mientras esa definición siga pendiente no se habilitarán ventas. Ninguna regla contractual reducirá un derecho imperativo.
Como política propuesta, se aceptará la cancelación voluntaria de boletos hasta el cierre definitivo del registro, con devolución íntegra y anulación trazable de sus números. La fecha exacta se publicará antes de vender. Después del cierre y del sorteo, no ganar por sí solo no origina devolución, sin perjuicio del retracto aplicable, incumplimiento u otros derechos legales.
Procederá devolución íntegra por cancelación del concurso, falta de habilitación, venta excesiva, cobro duplicado o indebido, imposibilidad de registrar una compra válida y demás incumplimientos que la justifiquen. La falta de autorización no autoriza a retener fondos como gastos administrativos.
El reembolso se efectuará al medio original; si no es técnicamente posible se acordará otro medio verificado a nombre del pagador. Plazo propuesto: diez días hábiles desde que se determine la procedencia y se cuente con los datos necesarios, o el plazo legal menor aplicable. No se descontarán comisiones, publicidad o costos internos. Se entregará comprobante y seguimiento; el retraso no extinguirá la obligación.
La anulación quedará registrada antes del cierre y excluirá el boleto de la selección. Las devoluciones legalmente procedentes después del cierre requieren revisión documentada de su efecto sobre el registro y el resultado, sin manipularlo unilateralmente.
9 Conducta y revisión de irregularidades
Se prohíben suplantación, pagos no autorizados, alteración del registro, intrusión y fraude. Las medidas se basarán en evidencia y serán proporcionales. Una sospecha, una denuncia o un contracargo abierto no acreditan por sí solos fraude ni extinguen derechos.
Antes de excluir una participación se comunicará la causa y se ofrecerá oportunidad razonable de responder, salvo medidas cautelares necesarias para preservar evidencia. La decisión será fundada y auditable. Los errores del organizador no se imputarán automáticamente al comprador. La restitución de fondos y las acciones legales se resolverán según la causa concreta.
10 Responsabilidad y disponibilidad
El organizador responderá por sus obligaciones y por hechos imputables conforme a la legislación aplicable. No se limita su responsabilidad al precio del boleto ni se excluyen de forma general daños, fallos de proveedores, negligencia o incumplimiento.
Una interrupción técnica se registrará, comunicará y subsanará con diligencia. Los proveedores mantendrán las responsabilidades que les correspondan. Una fuerza mayor deberá acreditarse y no libera automáticamente de devolver fondos o entregar un premio ya adjudicado. Las contingencias seguirán reglas publicadas y no quedarán a discreción absoluta del organizador.
11 Protección de datos personales
Responsable del tratamiento: [POR DEFINIR], RUT [POR DEFINIR], domicilio [POR DEFINIR], contacto de privacidad [POR DEFINIR]. El operador tecnológico y su rol contractual: [POR DEFINIR]. La condición de responsable se determinará por quién decide fines y medios; no se atribuirá automáticamente al desarrollador.
Los datos se tratarán para gestionar compras, validar edad e identidad, emitir boletos, prevenir fraude, atender consultas, realizar y auditar el sorteo, contactar al ganador, transferir el vehículo y cumplir obligaciones legales. Se precisarán la base de licitud aplicable a cada finalidad y los datos obligatorios y opcionales: [POR DEFINIR]. La aceptación comercial no es un consentimiento genérico para cualquier tratamiento.
Solo tendrán acceso los proveedores de pagos, alojamiento, comunicaciones, auditoría y asesores que necesiten datos para su función, sujetos a obligaciones contractuales, seguridad y confidencialidad. Identidad, ubicación y categorías de destinatarios: [POR DEFINIR]. Transferencias internacionales y garantías aplicables: [POR DEFINIR]. No se venderá la base de participantes.
El listado público utilizará códigos de boleto y estados; no publicará RUT, domicilios, teléfonos, correos ni documentos de identidad. Para comunicar el resultado se divulgará solo la información necesaria y jurídicamente justificada. El nombre completo, fotografías, videos o testimonios con fines promocionales requerirán autorización separada, específica y revocable conforme a la ley, sin condicionar el premio.
Conservación por categoría, inicio del cómputo, fundamentos y eliminación o anonimización: [POR DEFINIR]. Se retendrán únicamente datos necesarios por los plazos justificados de operación, obligaciones legales y defensa de reclamaciones. No se promete borrado inmediato de registros que deban conservarse legalmente.
El titular podrá solicitar acceso, rectificación, eliminación o cancelación, oposición y demás derechos aplicables en [POR DEFINIR]. Procedimiento y plazo legal de respuesta: [POR DEFINIR]. La verificación de identidad será proporcionada. Retirar un consentimiento opcional de marketing no anula boletos ni el premio.
Se aplicarán controles de acceso, cifrado en tránsito, protección de respaldos, trazabilidad y gestión de incidentes. No se garantiza seguridad absoluta por disponer de HTTPS. Los incidentes se evaluarán, contendrán y comunicarán a afectados y autoridades cuando corresponda, con registro de medidas.
Al 7 de octubre de 2026 debe revisarse la Ley 19.628 vigente. La reforma de la Ley 21.719 entra en vigor el 1 de diciembre de 2026; si el concurso o la conservación de datos alcanza esa fecha, el aviso, los contratos y los procedimientos deben adecuarse al régimen aplicable. Cookies no esenciales y marketing tendrán opciones separadas y no preseleccionadas.
12 Publicidad propiedad intelectual y canales oficiales
La publicidad indicará que el resultado depende del azar, las restricciones reales y el precio final. No se utilizarán expresiones de autorización, certificación o garantía de legalidad sin respaldo comprobable. La transmisión en una red social no significa patrocinio ni aprobación de esa plataforma.
Los derechos sobre marcas y contenidos del sitio pertenecen a sus titulares. El participante puede guardar, descargar y reproducir comprobantes y bases para ejercer sus derechos. Las restricciones de propiedad intelectual no impedirán reclamos, pruebas ni críticas legítimas.
Solo se recibirán pagos por los canales publicados. Nunca se exigirá un pago adicional para desbloquear el premio fuera de los costos expresamente informados. Cambios de cuenta o solicitudes sospechosas deberán verificarse mediante soporte oficial.
13 Modificaciones y solución de controversias
La versión aceptada permanecerá disponible. Las aclaraciones no alterarán precio, probabilidades, premio o derechos ya adquiridos. Un cambio material requerirá fundamento, aviso directo y una solución compatible con la ley, incluido reembolso cuando corresponda; no podrá imponerse una renuncia por continuar navegando.
Se aplicará el derecho chileno y la competencia que establezca la normativa. La atención por soporte no es requisito para acudir a SERNAC, a autoridades competentes o a tribunales. No se impone arbitraje ni domicilio exclusivo que restrinja los derechos del consumidor. Las cláusulas incompatibles con normas imperativas no se aplicarán; su revisión no valida la modalidad del concurso.
Borrador sujeto a revisión jurídica |
Parte II Bases del concurso
14 Organizador habilitación y ámbito
El Concurso Gana un Camión con El Repartidor será organizado por [POR DEFINIR], RUT [POR DEFINIR], representado por [POR DEFINIR], con domicilio [POR DEFINIR]. Territorio de participación y entrega: [POR DEFINIR]. La presencia digital no implica habilitación nacional automática.
La apertura queda condicionada a la revisión jurídica favorable del mecanismo y al cumplimiento de autorizaciones y condiciones exigibles. Datos verificables de la autorización, si corresponde, se publicarán sin sugerir que aprobar unas bases equivale a autorizar una rifa. Si la modalidad no es admisible, se cancelará y devolverán los pagos recibidos.
15 Participantes y exclusiones
Podrán participar personas naturales mayores de dieciocho años al comprar, con identidad verificable y residencia dentro del territorio definido. Documentos admitidos para nacionales y extranjeros: [POR DEFINIR]. Los requisitos deben ser objetivos, informados y jurídicamente revisados. No se exige licencia de conducir para ser propietario; para retirar conduciendo sí se exigirán licencia apropiada y condiciones legales de circulación.
Quedan excluidos el organizador, sus representantes, directores, personal con acceso o influencia sobre el registro o sorteo, proveedores y auditores involucrados directamente, así como sus cónyuges o convivientes civiles y parientes hasta tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad. Se comprobarán conflictos antes de cerrar el registro.
La verificación del ganador no incorporará nuevos requisitos sustantivos no publicados. Un impedimento registral o una situación jurídica sobreviniente se evaluará con asesoría, posibilidad de subsanar y aplicación de la ley; no se presumirá una renuncia automática.
16 Boletos cantidad y probabilidades
Cantidad máxima de boletos: [POR DEFINIR]. Rango o formato de números: [POR DEFINIR]. Límite por persona: [POR DEFINIR]. Cada boleto válido tiene una oportunidad idéntica de selección. Una compra de varios boletos genera tantos registros individuales como boletos pagados, nunca un único pedido con el mismo peso.
Solo participan boletos con pago conciliado, titular elegible y estado válido al cierre definitivo. Los no vendidos, anulados o reembolsados no se incluyen. La cantidad máxima no podrá ampliarse después de comenzar las ventas. No se crearán participaciones internas ni se reservarán números al organizador.
Si el registro contiene N boletos válidos y una persona tiene k, su probabilidad de obtener el premio principal en la primera selección es k/N. El total efectivo N se publicará antes del sorteo. Las probabilidades posteriores dependen de las causas objetivas de inhabilidad y del orden de suplentes.
17 Calendario y cierre de ventas
Inicio: [POR DEFINIR]. Cierre de ventas: [POR DEFINIR]. Límite de conciliación: [POR DEFINIR]. Publicación del listado provisional: [POR DEFINIR]. Plazo para observaciones: [POR DEFINIR]. Cierre definitivo del registro: [POR DEFINIR]. Sorteo y canal de transmisión: [POR DEFINIR].
El sorteo se realizará en la fecha comprometida aunque no se vendan todos los boletos. Esta propuesta no lo condiciona a un mínimo de ventas ni permite prórrogas por baja recaudación. Si se pretende otro modelo, requerirá nueva revisión y definición expresa antes de abrir ventas.
No se admitirán compras después del cierre para completar cupos. Si no existe ningún boleto válido, no se sorteará y se devolverán los importes que correspondan. Con uno o pocos boletos válidos se mantiene la obligación de realizar la selección y entregar el premio.
18 Individualización del camión
Se entregará un único camión: marca [POR DEFINIR], modelo y versión [POR DEFINIR], año [POR DEFINIR], patente [POR DEFINIR], VIN o chasis [POR DEFINIR], motor [POR DEFINIR], color [POR DEFINIR], combustible [POR DEFINIR], capacidad y configuración [POR DEFINIR]. Estado nuevo o usado: [POR DEFINIR]. Kilometraje y fecha de medición: [POR DEFINIR]. Valor referencial y respaldo: [POR DEFINIR].
Titular registral y RUT: [POR DEFINIR]. Título que permite al organizador disponer del vehículo: [POR DEFINIR]. Situación registral, prendas, prohibiciones, embargos, limitaciones, multas, deudas y obligaciones pendientes: [POR DEFINIR]. Documentos y fecha de certificados: [POR DEFINIR]. Antes de vender debe acreditarse propiedad o disponibilidad jurídicamente suficiente y posibilidad real de transferencia.
Permiso de circulación, revisión técnica, emisiones, SOAP y otras exigencias aplicables: [POR DEFINIR]. Estado mecánico, inspección independiente, siniestros conocidos, reparaciones, defectos, equipamiento, carrocería, accesorios, llaves y documentación incluida: [POR DEFINIR]. Fotografías e informe accesibles en [POR DEFINIR]. Una descripción «tal como está» no reemplaza información veraz ni excluye derechos legales.
El organizador conservará el vehículo con custodia y cobertura de riesgos: [POR DEFINIR]. No podrá gravarlo, enajenarlo o deteriorarlo de forma incompatible con el premio. Las obligaciones previas a la entrega y el saneamiento de restricciones imputables al organizador serán de su cargo.
19 Costos y alcance de la entrega
Se publicará antes del pago una matriz de costos con responsable y monto o estimación: impuesto o gravamen de transferencia [POR DEFINIR]; arancel registral [POR DEFINIR]; notaría o formalización [POR DEFINIR]; certificados [POR DEFINIR]; traslado [POR DEFINIR]; tributos asociados al premio [POR DEFINIR]. La asignación debe ser revisada jurídicamente y no permite desplazar deudas previas del camión al ganador.
Si un costo queda a cargo del ganador, se informará de forma destacada, con base de cálculo y oportunidad de pago. No se podrán agregar cargos de administración o liberación del premio después del sorteo. La asignación contractual no modifica quién es obligado tributario frente a la autoridad.
El premio no incluye dinero, carga, contratos de transporte, cartera de clientes ni ingresos futuros, salvo accesorios expresamente individualizados. No se ofrecerá canje unilateral por dinero ni sustitución discrecional del camión.
20 Registro cerrado y control previo
El organizador conciliará cada pago con su boleto único, identidad y estado. El registro interno tendrá trazabilidad de emisiones, anulaciones, devoluciones y correcciones, con fecha, causa y responsable. El auditor independiente [POR DEFINIR] revisará duplicados, exclusiones y correspondencia entre pagos y boletos.
Se publicará un listado provisional de códigos y estados sin datos personales, en [POR DEFINIR], para que cada comprador verifique sus boletos. Los reclamos se resolverán antes del cierre definitivo. Se guardarán las versiones y decisiones; toda corrección se registrará y comunicará a los afectados.
Al cerrar, se generará un archivo de solo los N identificadores válidos, uno por fila, ordenados por la regla pública [POR DEFINIR]. La codificación, separadores, terminación de línea y formato exactos serán documentados en el protocolo técnico. Se publicará el archivo sin datos personales, N y su huella SHA-256 antes de obtener la aleatoriedad. El auditor custodiará una copia del registro completo.
La lista final no podrá alterarse silenciosamente. Una omisión o duplicado comprobado después del cierre exige suspender la selección, corregir con evidencia, publicar nueva huella y fijar una fuente futura de aleatoriedad. Si ya hubo resultado, se seguirá el procedimiento de integridad de la cláusula 24.
21 Selección verificable del ganador
El protocolo técnico se publicará y probará antes de vender. Identificará herramienta, código o algoritmo, versión, responsable de ejecución, auditor, fuente independiente de aleatoriedad y evento futuro exacto a utilizar: [POR DEFINIR]. Una animación de tómbola puede ilustrar el proceso, pero no sustituye la evidencia técnica de selección.
Se propone utilizar un valor de aleatoriedad público e independiente emitido después del cierre del registro por [POR DEFINIR], con fecha o ronda fijada por anticipado. El organizador no elegirá entre valores ya conocidos. La fuente, formato, validación de autenticidad y fuente de respaldo deben estar definidos antes de la apertura.
Procedimiento reproducible propuesto: convertir la huella del registro y la semilla pública en bytes según el protocolo. Para un contador c que comienza en cero, calcular SHA-256 sobre la concatenación de un prefijo de dominio publicado, la huella, la semilla y c codificado como entero de 64 bits en orden big-endian. Interpretar el resultado como entero x de 256 bits. Para m entradas restantes, definir L = floor(2^256/m) × m; si x es igual o mayor a L, incrementar c y repetir. Si x es menor a L, seleccionar la posición (x mod m) + 1. Este rechazo evita el sesgo de una reducción modular simple.
La primera selección determina al ganador provisional. Para cada suplente se elimina de la lista la entrada ya seleccionada, se conserva el orden de las restantes y se continúa incrementando el contador; se aplica el mismo procedimiento con el nuevo m. Se seleccionarán hasta [POR DEFINIR] suplentes o todos los boletos restantes si son menos. Nunca se repite un boleto en el orden de selección.
Si un titular ocupa varias posiciones por sus diferentes boletos, se conservará el orden íntegro. Si la causa de inhabilidad afecta al titular, se omitirán sus posiciones con justificación; si afecta solo a un boleto, se evaluará ese boleto. No se volverá a ejecutar el algoritmo para buscar un resultado preferido.
El auditor verificará la lista, su huella, autenticidad y hora de la semilla, algoritmo y resultados. Se realizará transmisión pública en [POR DEFINIR] y se conservarán grabación, registro de ejecución, valores aceptados y rechazados, contador, posiciones, acta y firma del auditor. El sorteo no se repetirá porque el ganador no responda una llamada en vivo.
22 Acta y publicación del resultado
El acta contendrá fecha y hora, versión de bases y protocolo, N, huella del archivo, fuente y semilla, herramienta y versión, ejecución reproducible, ganador provisional y orden de suplentes por código, observaciones e incidencias. Se publicará en [POR DEFINIR] dentro de [POR DEFINIR].
La evidencia pública permitirá reproducir el resultado sin revelar datos personales. Los soportes completos se conservarán por [POR DEFINIR], según obligaciones legales y necesidades justificadas de auditoría. Una intervención notarial, si se define [POR DEFINIR], no acredita por sí misma legalidad del negocio ni seguridad del algoritmo.
23 Contacto verificación y suplentes
Se contactará al ganador provisional por correo y teléfono registrados, con al menos tres intentos en días u horarios distintos dentro de cinco días hábiles, y se publicará aviso por código. El expediente conservará los intentos. No se difundirá su teléfono ni se exigirá estar conectado a la transmisión.
El ganador contará con diez días hábiles desde la notificación documentada para responder y presentar antecedentes de identidad y elegibilidad. Si no existe contacto efectivo, se aplicará el plazo de aviso público que debe fijarse y revisarse antes de vender: [POR DEFINIR]. No se confundirá una llamada perdida con renuncia.
Los errores formales o documentos subsanables tendrán una oportunidad razonable de corrección. La verificación se limitará a requisitos publicados y exigencias legales. Una exclusión debe ser fundada, comunicada y permitir observaciones antes de activar al siguiente suplente.
Ante renuncia expresa, inhabilidad acreditada o vencimiento válido de los plazos, se convocará al siguiente suplente del orden publicado. No se repetirá el sorteo mientras existan suplentes aptos. Si se agota el orden, se seleccionará entre los boletos restantes mediante el mismo protocolo y una nueva fuente futura prefijada, con acta y aviso público; nunca se declarará desierto para retener el camión por mera conveniencia.
24 Contingencias e integridad
Falla de transmisión: si lista, semilla y ejecución son verificables, el resultado se conserva y se publica la grabación y evidencia disponible; no se repite por una falla audiovisual. Falla de la fuente: se espera la ronda o evento de respaldo establecido en el protocolo. Si ambos fallan, se suspende con acta y se anuncia una nueva fuente futura mediante procedimiento objetivo revisado por el auditor.
Falla durante la ejecución: se preservan registros y se reanuda o reproduce con la misma lista, semilla y algoritmo. Esa reproducción debe producir el mismo resultado. No se permite renovar la semilla por disconformidad con el ganador.
Registro comprometido, manipulación o error material: se asegura evidencia, se suspende adjudicación si aún es posible y se encarga revisión independiente. Cualquier propuesta de invalidación identificará el defecto, su efecto concreto y la necesidad de repetir; se comunicará a afectados, permitirá observaciones y se resolverá conforme a la ley. No se revocará unilateralmente un premio firme ni se omitirá el derecho a reclamar.
Fuerza mayor o mandato de autoridad: se informarán causa, alcance y evidencia, dentro de [POR DEFINIR]. Una reprogramación necesaria conservará los boletos y ofrecerá devolución a quienes no acepten el cambio cuando corresponda. Fecha límite de reprogramación: [POR DEFINIR]. Si no puede cumplirse, se cancelará con devolución íntegra.
Pérdida, robo, siniestro o imposibilidad jurídica de transferir el camión: no habrá sustitución unilateral. Antes del sorteo se suspenderán ventas y se ofrecerá solución legalmente válida y consentida o cancelación con devolución. Después de adjudicado, se preservarán los derechos del ganador al cumplimiento, remedios e indemnizaciones que correspondan; devolverle el boleto no extingue por sí solo la obligación de premio.
25 Adjudicación transferencia y entrega
Confirmada la elegibilidad, se emitirá acta de adjudicación con identificación reservada, boleto, vehículo, costos acordados y calendario. Lugar de firma y entrega: [POR DEFINIR]. Plazo máximo para iniciar transferencia y concluir entrega: [POR DEFINIR]. Se proporcionarán previamente los documentos y certificados actualizados.
El organizador ejecutará los actos necesarios para la transferencia ante el Registro de Vehículos Motorizados por el procedimiento aplicable. Se verificará la inscripción y restricciones, y se documentarán los costos. El ganador aportará antecedentes estrictamente necesarios y podrá actuar mediante mandatario con poder suficiente.
La entrega física se formalizará con acta de estado, kilometraje, accesorios, llaves, documentos y fotografías, sin renuncia general a acciones. El momento de entrega, custodia y distribución de riesgos se documentará conforme a la ley. El organizador no se libera por entregar llaves si aún debe realizar la transferencia.
Si el vehículo no reúne condiciones legales para circular o el ganador carece de licencia apropiada, se acordará traslado seguro conforme a los costos publicados. Retrasos imputables al organizador no extinguen el premio. El plazo de firma se ampliará justificadamente frente a impedimentos subsanables.
No se exigirá confidencialidad que prohíba denunciar irregularidades, reclamar o criticar, ni cesión perpetua de imagen como condición para recibir el camión. Cualquier autorización promocional será voluntaria, limitada y separada.
26 Cierre del concurso y obligaciones pendientes
El concurso se cerrará una vez completadas adjudicación, transferencia, entrega y reembolsos debidos. Se publicará un informe por códigos con total de boletos válidos, resultado, estado de entrega e incidencias resueltas, sin exposición innecesaria de datos.
El cierre no extingue garantías, derechos legales, reclamos pendientes, obligaciones de conservación ni responsabilidad por incumplimiento. El organizador mantendrá soporte durante [POR DEFINIR] y por los plazos legales correspondientes.
Anexo Protocolo y datos pendientes antes de publicar
La versión definitiva requiere completar y validar todos los campos, documentar decisiones y retirar las advertencias de borrador solo si existe fundamento jurídico y operativo para ello. Si ese fundamento no existe, no corresponde abrir ventas.
A Revisión jurídica
Modalidad admitida y fundamento; naturaleza y facultades del organizador; autorizaciones y alcance territorial; prohibiciones aplicables; retracto; protección del consumidor; tratamiento tributario; obligaciones sobre datos y cambio normativo. Resultado y responsable: [POR DEFINIR].
B Prueba del premio
Certificados de dominio y anotaciones, facultad de disponer, inspección mecánica, documentos de circulación, inventario, custodia, disponibilidad económica para entrega y matriz de costos. Evidencia y fechas: [POR DEFINIR].
C Prueba del proceso
Formato de boletos; inventario; pagos y devoluciones; reloj oficial; conciliación; padrón provisional; plazos de observación; archivo final y SHA-256; publicación y respaldo. Responsables y registros: [POR DEFINIR].
D Protocolo técnico público
Fuente y evento futuro principal y de respaldo; autenticidad; codificación de semilla y huella; prefijo; contador; orden de archivo; algoritmo y código; prueba reproducible; auditor; número de suplentes; conservación y contingencias. Documento y versión: [POR DEFINIR].
E Operación y privacidad
Canales de soporte; avisos al ganador; plazos; formalización y traslado; responsables de datos; bases de licitud; proveedores; transferencias internacionales; retención; derechos; incidentes; consentimientos opcionales. Textos y responsables: [POR DEFINIR].
Fuentes normativas para revisión jurídica
Referencias consultadas el 7 de octubre de 2026. Son puntos de revisión, no una conclusión de que esta operación esté autorizada. La asesoría deberá verificar textos vigentes y aplicabilidad al caso concreto.
Ley 10.262 y Decreto 955 de 1974 sobre rifas, sorteos y colectas. El régimen no debe presumirse aplicable a un organizador comercial. Texto oficial: https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=16358
Ley 20.851 sobre ciertas actividades locales no habituales de personas jurídicas sin fines de lucro. Su existencia no habilita automáticamente una venta comercial de boletos por internet. Texto oficial: https://www.bcn.cl/leychile/navegar?i=1078862
Ley 19.496 y reglas de comercio electrónico. Revisar información previa, confirmación, retracto, cláusulas abusivas y responsabilidad. Orientación SERNAC: https://www.sernac.gov.cl/portal/604/w3-propertyvalue-20982.html
Ley 19.628 y reforma Ley 21.719 con entrada en vigor el 1 de diciembre de 2026. Texto oficial y versiones: https://www.bcn.cl/leychile/Navegar?dt=open&idLey=19628